Preguntas frecuentes
Cómo funciona comprar una vivienda en construcción o en reforma en España. Si falta algo, escríbenos.
¿Cómo funciona comprar sobre plano?
Reservas una vivienda concreta antes de que esté terminada, con los planos, la memoria de calidades y el plazo de entrega por escrito. Después se firma el contrato de compraventa, pagas por fases mientras avanza la obra, y la propiedad se transmite en la escritura, ante notario, cuando la vivienda está terminada y cuenta con su licencia de primera ocupación.
¿Qué se paga y cuándo?
Primero, una reserva de entre 3.000 y 6.000 € que retira la vivienda del mercado. Cuando se concede la licencia se firma el contrato de arras, con un pago del 10 %. Durante la obra se paga otro 20 %, por fases. El calendario exacto de cada promoción figura en su contrato.
¿Qué garantías hay mientras se construye?
Desde la firma del contrato de arras, las cantidades que entregas están aseguradas y se depositan en una cuenta aparte.
¿Mis pagos están protegidos?
Sí. Todos los pagos que hagas para tu vivienda están asegurados.
¿Qué pasa si la entrega se retrasa?
La fecha de entrega queda fijada en el contrato de arras. Si la entrega se retrasa por causas atribuibles al promotor, pasado un plazo determinado recibes una compensación. Conviene leer esa cláusula con detalle antes de firmar.
¿Qué gastos hay aparte del precio?
Al precio se suman impuestos y gastos de formalización: el impuesto que corresponda según se trate de obra nueva o de segunda mano, la notaría, el registro de la propiedad y la gestoría. Si hay hipoteca, esta añade los suyos. Los tipos dependen de la comunidad autónoma y cambian con el tiempo, así que pide un cálculo a un asesor antes de comprometerte. Nosotros no damos asesoramiento fiscal.
¿Se puede visitar la obra?
Sí. Las visitas se organizan con cada comprador, sin días fijos. Escríbenos para acordar una.
¿Puedo comprar si no resido en España?
Sí. Hace falta un NIE, el número de identificación de extranjero, y lo habitual es abrir una cuenta bancaria española para los pagos. No es necesario estar presente en cada firma: se puede otorgar un poder a alguien de confianza. La fiscalidad y las condiciones de financiación de un no residente son distintas de las de un residente, así que conviene consultarlo con un asesor propio.
¿Qué garantías hay después de la entrega?
La Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, fija tres plazos según el tipo de defecto, contados desde la recepción de la obra, que es el acto en que el constructor entrega el edificio terminado al promotor: un año para los defectos de ejecución en acabados; tres años para los defectos de elementos constructivos o instalaciones que afecten a la habitabilidad; y diez años para los que afecten a la estructura, como la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados o los muros de carga. Las reclamaciones por esos daños prescriben a los dos años de producirse. Los equipos e instalaciones, como los electrodomésticos, tienen su propia garantía, según consta en sus manuales.